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lunes, 3 de agosto de 2009

DIFERENCIAS ENTRE EL IPREM Y EL SMI



Hasta ahora para el acceso a la mayoría de las ayudas y el cobro de las diferentes prestaciones, se venía utilizando como indicador el S.M.I. ( Salario Mínimo Interprofesional). Ahora este sistema ha sido cambiado por el Gobierno del PSOE y lo que se utiliza es el IPREM ( Indicador Múltiple de Renta y Efectos Múltiples), una medida que como tantas otras, solo ha redundado en PERJUICIO DE L@S TRABAJADORES/AS Y DE QUIÉNES VERDADERAMENTE TIENEN NECESIDADES.


A continuación os explicamos un poco las diferencias:


El Salario Mínimo Interprofesional
El Gobierno, con carácter anual, regula la retribución mínima que deben percibir los trabajadores, cualquiera que se la actividad que desempeñen, por cada día de trabajo.
Esta retribución mínima es el denominado Salario Mínimo Interprofesional caracterizado porque:
En su fijación anual por el Gobierno, éste deberá consultar previamente a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Será asimismo, revisable semestralmente para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el Índice de Preciso al Consumo.
Es inembargable.
Tanto la negociación colectiva u otros acuerdos colectivos, como los contratos individuales, respetarán el Salario Mínimo.
Para el año 2.009 el Salario Mínimo Interprofesional ha quedado fijado en 20,80 euros/día o 624 euros/mes euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses (8.736 euros año)
El IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples) sirve para determinar la cuantía de determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos, sustituyendo en esta función al SMI.
Para el año 2009, las cuantías del IPREM son las siguientes:
a) El IPREM diario, 17,57 euros.b) El IPREM mensual, 527,24 euros.c) El IPREM anual
- Sin pagas extraordinarias: 6.326,86- Con pagas extraordinarias: 7.381,33

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